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jueves, 4 de marzo de 2010

La ISO 26000 entra en su fase final.

La ISO 26000, que definitivamente no será una Norma sino que una Guía de responsabilidad social, ha entrado en la última fase de un largo proceso para su aprobación final (iniciado en enero de 2005) y posterior entrada en vigencia fechada para finales de 2010, luego de un sinnúmero de borradores, períodos de opinión, discusión y votación que se van repitiendo hasta alcanzar un consenso entre los diferentes expertos a nivel mundial que participan en el proceso de elaboración de esta Guía.
De acuerdo a lo que informa la International Organization for Standarization, el proceso de elaboración de la ISO 26000 ha ingresado en su última fase denominada "Final Draft International Standard (FDIS), por lo que hacia finales del presente año debiera realizarse la reunión en donde se vote el texto definitivo que se hará publico para su aplicación en las organizaciones.
Cabe recordar que el carácter de Guía y no de Norma no es sólo semántico en cuanto a las diferencias que existen entre una y otra, sino que tiene implicaciones efectivas en términos de certificación por parte de evaluadores externos especialmente dedicados a este tipo de procesos, tal y como ocurre por ejemplo con otras Normas ISO como la 9000, 14000 o similares, algo que con la Guía ISO 26000 no ocurrirá dado su carácter voluntario con el cual se ha decidido desarrollar, que se traduce sólo en recomendaciones para las organizaciones que decidan implementarla y no como indicadores que exigen a las mismas cumplir con determinadas estándares de responsabilidad social.
Más allá del extenso y reflexivo trabajo que han realizado los más de 400 expertos que participan en el proceso de elaboración de esta Guía, probablemente el impacto que la ISO 26000 provoque en el ámbito de la gestión organizacional sea más bien limitado a nuestro juicio, como ya quedara demostrado con las críticas enunciadas por diferentes organizaciones empresariales hace poco menos de dos meses.
Sin embargo, mis críticas apuntan hacia un aspecto concreto en donde pienso que esta guía flaquerá prontamente, y que se deduce de las principales críticas que se le formulan al concepto de responsabilidad social: su ambiguedad tanto conceptual como práctica en cuanto a su aplicación en las organizaciones.
Al parecer, la Guía ISO 26000 adolece de las mismas falencias, a lo que deben sumarse las grandes expectativas que había generado su elaboración, las que se fueron diluyendo poco a poco a medida que se señalaba su carácter no certificable y su carácter más bien de recomendaciones generales.
En síntesis, bien porque ya queda menos de un año para que se haga oficial la existencia y disponibilidad de la ISO 26000, no obstante sigue siendo criticable el hecho de que no logre satisfacer las expectativas de un amplio expectro de observadores, investigadores y especialmente empresarios, que al parecer esperábamos otro resultado de este extenso proceso de desarrollo de esta Guía.
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sábado, 10 de octubre de 2009

¿Por qué no se puede aplicar la responsabilidad social a las universidades igual que en las empresas?

Durante los años que llevo investigando la temática de la responsabilidad social universitaria, me he encontrado con varios profesores universitarios y profesionales ligados al ámbito académico que alzan la voz para señalar que no es posible, o que al menos no se puede aplicar de la misma manera la responsabilidad social en las universidades como se hace en las empresas.
Los fundamentos de tales posturas son dudosos o a lo menos débiles en cuanto a los argumentos que se esgrimen para justificar dicha posición, y a modo de ejemplo, hace un par de semanas un par evaluador de un artículo que envié a una Revista para su publicación me señalaba en su dictamen: “no creo que la responsabilidad de las instituciones de educación superior puedan ni deban ser evaluadas y analizadas con criterios empresariales”, y no obstante su opinión aprobaba mi artículo para su publicación.
Surgen inmediatamente una serie de preguntas al respecto: ¿por qué no se puede analizar y evaluar la responsabilidad social de las empresas y universidades de la misma manera? ¿Es divergente la responsabilidad social de las universidades respecto de la de las empresas? ¿Cómo se debe analizar y evaluar la responsabilidad social de las universidades? A continuación, expongo algunos aspectos que considero importantes para responder a estas preguntas.

1. Identificación de las partes interesadas en el quehacer de la organización.
Partiendo de un entendimiento homogéneo de “quehacer de la organización” como la razón de ser o misión de cada institución, existirán una serie de personas o grupos que mantienen un interés o se ven afectados por las acciones y decisiones que una organización desarrolla en virtud de dicho quehacer, e incluso en ocasiones dichos actores tienen la capacidad o poder económico, político, legal o coercitivo de influir en las acciones y decisiones organizacionales.
Las empresas llevan casi un siglo aprendiendo respecto de su comportamiento socialmente responsable, en cuanto a que no pueden preocuparse solamente por los intereses de sus accionistas o dueños, las necesidades de sus clientes o las demandas de sus trabajadores únicamente, ¡hay un mundo allá afuera!, y lentamente han comenzado a entender que también importan los intereses de las entidades financieras, los sindicatos, los proveedores, distribuidores, el Estado, la prensa, el Medio Ambiente como algunos ejemplos de las partes interesadas en su quehacer.
Las Universidades, fundadas en la Edad Media, históricamente han sido influenciadas externamente por la Iglesia, la Monarquía, el Estado y actualmente el Mercado según sea la etapa de la historia, siempre con una misma constante: luchando por su autonomía, libertad académica y a la vez por su financiamiento. Sin embargo, las universidades estatales también tienen una serie de partes interesadas en su quehacer que van más allá del Estado, los profesores, funcionarios e incluso los estudiantes, donde es posible mencionar a los titulados, las empresas y ¡mire usted que curioso!, pero también están las entidades financieras, los sindicatos, los proveedores, distribuidores, la prensa, el Medio Ambiente, los partidos políticos, etc.

2. Tránsito de un modelo de gobierno corporativo accionarial hacia uno stakeholders.
Este es uno de los cambios fundamentales en el desarrollo de un comportamiento socialmente responsable de cualquier organización, sea esta una empresa, una universidad o una ONG: abrir los espacios necesarios para la participación e incorporación en el gobierno corporativo de las partes interesadas en las acciones y decisiones de la organización, que permita atender los intereses y necesidades de todas las partes de manera equilibrada.
En el caso de las empresas, la postura tradicional en este tema es reflejada por los planteamientos de Friedman (1970), en los cuales se señala que sólo importan los intereses de los accionistas para obtener la mayor cantidad de utilidades, dentro del marco legal y económico imperante; posición que debe modificarse hacia la incorporación de los intereses de otras partes, no sólo de manera decorativa sino que en el gobierno de la empresa.
Las universidades públicas o estatales pertenecen al Estado y como tal éste es dueño de las instituciones de educación superior que poseen este carácter, en la medida que el Estado no las traspase o venda a algún consorcio o grupo privado, por lo tanto bajo esa lógica las universidades deben rendir cuentas de su actuar al Estado, se encuentran regulados por códigos y leyes propias de los servicios públicos, reciben financiamiento público y muy habitualmente son ejecutores directos de las políticas públicas de educación superior. Pero como señalamos en el punto anterior, existen otros actores implicados en el quehacer de una universidad que deben incorporarse al gobierno corporativo de la misma, algo que por ejemplo en España se ha intentado solucionar con la creación de los Consejos Sociales en las Universidades, con relativo éxito en cuanto a lo que planteamos aquí.
Este es un cambio cultural no menor en las universidades, que habitualmente se escudan en la malentendida libertad académica y autonomía universitaria, para excusarse o impedir la consideración de opiniones o intereses ajenos al ámbito académico, e incluso en ocasiones la de sus propios pares.

3. Construcción conjunta entre organización y partes interesadas de una agenda de trabajo.
En dicha agenda deberán identificarse tanto los intereses, necesidades o formas en las cuales el quehacer de la organización afecta o interesa a los stakeholders, lo que deberá complementarse con la definición de compromisos y acciones concretas tendientes a posibilitar que el quehacer organizacional se correlacione positivamente con los intereses identificados.
Las empresas han aumentado profusamente en los últimos años la certificación mediante una serie de Normas de calidad de la gestión, el medio ambiente y la ética que expresan su compromiso con un actuar más responsable en dichos ámbitos, y han asumido en su funcionamiento los aspectos relativos a la rendición de cuentas dirigidas hacia la sociedad, a través de memorias de sustentabilidad elaboradas en base al triple bottom line que identifica las acciones e impactos económicos, sociales y medioambientales de su quehacer.
Las universidades han comenzado en los últimos años con importantes procesos de acreditación de la calidad tanto institucional como de sus programas, y muchas de ellas además poseen certificaciones ISO al igual que las empresas. Además, varias universidades actualmente elaboran y publican memorias de sustentabilidad.

En conclusión, las diferencias en la forma de aplicar la responsabilidad social en una empresa y una universidad parecieran desaparecer, y por el contrario, debiera primar una alta convergencia que permita identificar y comparar los aspectos comunes de dicho comportamiento, sólo restando recordar que una gran autonomía y libertad exigen una enorme y tremenda responsabilidad respecto del uso de dicha autonomía y libertad, ya que afecta los intereses y necesidades de una gran cantidad de actores. Cuando las universidades comprendan y acepten dicha situación, se darán cuenta de que la aplicación de la responsabilidad social debe ser convergente con la de las otras organizaciones.
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